Quito.- Se inició el procedimiento de las reformas a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial sobre transporte comunitario por parte de la Comisión de Desarrollo Económico, Productivo y la Microempresa, amparado por la Asambleísta Carmen Tiupul expresando el contenido y alcances de su propuesta ante el Organismo Llegislativo.

Según Tiupul, indicó que su proyecto se basa al Art. 57 de la Constitución de la República, en torno a los derechos colectivos de las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades, con la finalidad de proveer la movilización de las personas que habitan y laboran en zona rural, siendo obligados a usar camionetas u otros vehículos particulares por falta de medio de transporte, así vulnerando sus derechos y en algunos casos extorsión por parte de agentes de tránsito.

De acuerdo a la normativa, se debe reconocer como un servicio regular al transporte comunitario, no una excepcionalidad, evitando obtener la habilitación (salvoconducto) emitido por la Agencia Nacional de Tránsito (ANT), en coordinación con los gobiernos autónomos descentralizados (GAD). Así también, manifestó, que el transporte comunitario debe ser reconocido como una práctica económica solidaria en las zonas rurales del Ecuador.

En esa forma, enfatizó que el caso del transporte alternativo comunitario rural excepcional, la Ley establece que, la emisión de títulos habilitantes se podrá otorgar a personas naturales o jurídicas, en Ecuador; sin embargo, actualmente no ha sido otorgado ni un solo título habilitante para esta modalidad de transporte, exponiendo a multas exageradas y la extorsión de parte de las autoridades de tránsito.

Con la finalidad, en reformar los artículos 57, 72, 76 y 86; Disposición Cuadragésimo Novena y Disposición Transitoria Sexagésima, buscando eliminar la excepcionalidad, así se podría lograr que el transporte comunitario cuente con un título habilitante y la oportuna determinación de ruta.

Reportera: Verónica Chalén Rosas
vchalenr@unemi.edu.ec

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