Quito.- Con 87 votos afirmativos, el Pleno de la Asamblea Nacional aprobó en segundo debate el Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, que establece una transformación integral del sistema de transporte del país, con énfasis en la protección de la vida, la seguridad vial, la modernización tecnológica, los derechos de los usuarios y el fortalecimiento institucional.
La ponente del informe y presidenta de la Comisión de Desarrollo Económico, Valentina Centeno, destacó que la denominada Ley de Seguridad Vial tiene como ejes la lucha contra la corrupción y el crimen organizado, la protección de la vida y la seguridad vial, y la modernización de los sistemas de tránsito. “La seguridad vial es una política de Estado, no puede estar distanciada de la seguridad ciudadana ni tampoco puede ser un negocio y de puertas abiertas para el crimen organizado”, enfatizó.
La reforma actualiza el marco legal frente a problemas acumulados en la gestión del transporte terrestre, tránsito, control operativo, matriculación, revisión técnica vehicular, títulos habilitantes, nuevas modalidades de movilidad, servicios conexos, peajes y mecanismos de protección para las víctimas de siniestros de tránsito. Con ello, se busca establecer reglas más claras, uniformes y técnicamente aplicables en todo el territorio nacional.
Uno de los principales cambios fortalece la rectoría técnica nacional, sin afectar la autonomía de los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD). La normativa diferencia las competencias de rectoría y regulación nacional de aquellas vinculadas con la ejecución descentralizada, con el propósito de reducir conflictos institucionales, evitar diferencias injustificadas entre jurisdicciones y brindar mayor seguridad jurídica a usuarios y operadores.
La ley incorpora además medidas específicas para proteger a los trabajadores de delivery y micromovilidad. Se crea un Registro Nacional de repartidores, se establecen responsabilidades para las plataformas digitales y se fijan estándares de seguridad. Asimismo, se reconoce y regula a escala nacional el uso de bicicletas, scooters y otros vehículos de micromovilidad, promoviendo una convivencia vial más segura entre peatones, conductores y usuarios de estos medios de transporte.
En materia de control tecnológico y seguridad vehicular, la reforma prohíbe contratos vinculados con porcentajes de recaudación de multas, establece la señalización previa de los controles, dispone la homologación de dispositivos y contempla la depuración de registros. También incorpora medidas como la entrega de cascos homologados, sistemas de retención infantil, la validez nacional de la revisión técnica vehicular, la centralización de la emisión de placas y una evaluación integral de las escuelas de conducción.
La norma prioriza a los usuarios más vulnerables de las vías y eleva a rango de ley derechos e instrumentos de protección como infraestructura segura, semáforos sonoros y ciclovías continuas. También establece la obligación de utilizar sillas infantiles homologadas, garantiza la vigencia permanente de la póliza de accidentes para pasajeros del transporte público y reconoce la licencia digital con plena validez legal. A ello se suma una moratoria de 365 días para la creación de nuevas escuelas de conducción, mientras se evalúa y audita la calidad de las existentes.
Otro de los ejes de la reforma corresponde al Servicio Público para el Pago de Accidentes de Tránsito, para el cual se establecen definiciones legales, mecanismos de transparencia y la afectación exclusiva de sus recursos. La normativa no contempla la creación de nuevas entidades públicas ni estructuras administrativas permanentes; su aplicación se realizará mediante la reorganización institucional, actualización de normativa secundaria, coordinación interinstitucional y modernización de los procedimientos existentes, con los recursos que genera la propia Ley.
En el debate en el que participaron 26 legisladores, se destacó la necesidad de consolidar un sistema de tránsito más seguro, transparente, moderno y articulado, que priorice la vida de las personas, fortalezca los mecanismos de control y responda a las nuevas realidades de movilidad en el país. El proyecto aprobado será remitido al Presidente de la República para su sanción u objeción, conforme a la Constitución y la Ley Orgánica de la Función Legislativa.



