Quito.-La Corte Constitucional del Ecuador rechazó de forma unánime una demanda de hábeas data presentada por Pablo Muentes, exasambleísta del Partido Social Cristiano (PSC), quien actualmente cumple una condena superior a 13 años de prisión por delincuencia organizada dentro del denominado caso Purga.
Según la sentencia, emitida por el Pleno de la Corte el 15 de enero de 2025 y notificada oficialmente el 26 de enero de 2026, el exlegislador utilizó de manera improcedente esta garantía constitucional con el objetivo de obtener una indemnización económica superior a los USD 3,9 millones, derivada de un conflicto de carácter mercantil con el Banco del Pacífico.
El alto tribunal determinó que el hábeas data fue utilizado de forma indebida para reclamar un presunto incumplimiento relacionado con un crédito bancario iniciado en julio de 2020, un asunto que —según la Corte— no corresponde a la justicia constitucional, sino a la justicia ordinaria, en las áreas civil o coactiva.
Como parte de su resolución, la Corte declaró la nulidad total del proceso y ordenó su archivo definitivo. Además, dispuso que, en caso de que el Banco del Pacífico haya llegado a pagar algún monto por concepto de reparación económica, deberá iniciar acciones legales, incluso coactivas, para recuperar esos recursos.
La sentencia también señala graves irregularidades en la actuación judicial. Los magistrados de la Sala Provincial que aceptaron la acción —Guillermo Valarezo, Johann Marfetan y José Poveda— fueron señalados por incurrir en una falta gravísima, al admitir una demanda manifiestamente improcedente y ordenar reparaciones económicas sin sustento legal.
Por este motivo, la Corte Constitucional ordenó remitir el expediente a la Fiscalía General del Estado para que se investigue la actuación de los jueces de primera y segunda instancia, al considerar que actuaron en contra de la ley expresa.
Asimismo, el organismo dispuso sanciones contra el abogado José Flores Sánchez, quien patrocinó la demanda, al considerar que la acción presentada desnaturalizó los fines de la justicia constitucional, con la intención de causar daño y obtener beneficios económicos indebidos.
Con esta resolución, la Corte reafirma su postura frente al uso abusivo de las garantías constitucionales y ratifica que estas no pueden ser utilizadas como mecanismos para obtener compensaciones económicas fuera del marco legal.
