Quito.- La Corte Constitucional emitió un fallo trascendental que refuerza la protección laboral de mujeres embarazadas que ocupan cargos de libre remoción en el sector público. La sentencia surge tras analizar el caso de una funcionaria del Ministerio del Deporte que fue despedida después de informar sobre su embarazo, lo que le hizo perder el acceso a atención prenatal en el IESS.

La mujer acudió inicialmente a la justicia ordinaria, donde su demanda fue rechazada bajo el argumento de que su embarazo “no era visible” al momento del despido y que su tipo de contrato no le otorgaba estabilidad. Sin embargo, la Corte Constitucional determinó que su desvinculación vulneró derechos como el cuidado, la igualdad y la protección laboral reforzada a mujeres embarazadas.

En una decisión unánime, los jueces fijaron una regla de aplicación obligatoria:

Cuando una mujer embarazada o en período de lactancia es despedida de un cargo de libre remoción, la institución pública debe demostrar de manera clara que existió un incumplimiento laboral. Si no lo hace, se presume que hubo discriminación.

Al no existir justificación técnica ni disciplinaria para el despido, la Corte ordenó que el Ministerio del Deporte indemnice a la funcionaria por todos los salarios dejados de percibir:

  • Desde la fecha del despido

  • Durante todo el embarazo

  • La licencia de maternidad

  • El período de lactancia

Además, dispuso que el Ministerio del Deporte emita disculpas públicas a la víctima y a su hijo. También ordenó al Ministerio de Trabajo distribuir el contenido del fallo a todas las unidades de talento humano del sector público, para garantizar su cumplimiento y prevenir futuros casos de discriminación por maternidad.

Este pronunciamiento se suma a la línea progresista que ha adoptado la Corte Constitucional en materia de derechos laborales y de igualdad, en un contexto donde continúan los despidos en el sector público pese a recientes decisiones judiciales.

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