Quito.- Mediante el Acuerdo Ministerial MDT-2025-102 que emitió el Ministerio del Trabajo, regulando en el ámbito privado la prevención y atención de casos de discriminación, violencia y acoso laboral.
La normativa aplica en diferentes escenarios relacionados con el trabajo, garantizando que los trabajadores estén protegidos sin importar el entorno donde se produzcan estas conductas como lugar laboral, viajes, capacitaciones, eventos sociales y en comunicaciones virtuales, incluyendo correos electrónicos y reuniones en línea.
Estos actos de discriminación o acoso aplican de manera vertical, desde un jefe hacia un subordinado o viceversa, o también transversal entre compañeros de trabajo.
En cuanto al derecho a la desconexión digital, la nueva norma contempla algunas excepciones, que incluyen cargos directivos o de confianza, así como situaciones de fuerza mayor o emergencias que requieran atención fuera del horario habitual, siempre que el empleador justifique estas circunstancias mediante un informe.
Los trabajadores que se sientan afectados por cualquier acto de discriminación, violencia o acoso laboral pueden presentar su denuncia de manera presencial en las ventanillas de atención ciudadana del Ministerio o en las Direcciones Regionales de Trabajo distribuidas a nivel nacional.
El Ministerio del Trabajo ratifica su compromiso de promover ambientes laborales libres de violencia y discriminación, alineándose con estándares internacionales de derechos laborales.
Verónica Chalén Rosas
vchalenr@unemi.edu.ec
