Guayaquil.- Ante la orden judicial de suspensión provisional de la resolución de adjudicación del contrato de operación para la Troncal 3, presentada tras una impugnación interpuesta por uno de los oferentes no calificados, el Sistema Metrovía informa:

• Esta medida no implica que se haya determinado una ilegalidad en el proceso; su propósito es suspender provisionalmente los efectos de la
resolución mientras se analiza a fondo el caso.

• La impugnación se dirige contra la resolución emitida por la Autoridad de Tránsito y Movilidad (ATM) que adjudica el contrato a Metro Norte, y no
contra el contrato de operación, ya que este aún no ha sido firmado.

• La resolución fue emitida tras un procedimiento público, legal y transparente, en el que participaron tres oferentes, de los cuales solo uno cumplió con todos los requisitos exigidos por los pliegos.
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• Como parte de dicho procedimiento, se conformó una comisión técnica dentro de la ATM, que atendió las consultas de los participantes, recibió,
abrió y evaluó las ofertas, permitió la corrección de errores subsanables y, finalmente, recomendó a un ganador. Todo esto se realizó con base en
los pliegos del concurso, los cuales eran públicos y no fueron impugnados por los oferentes durante su vigencia.

• El proceso se desarrolló con base a lo dispuesto por la Ley Orgánica de Empresas Públicas y al reglamento específico emitido por el Directorio
de la ATM para la selección de aliados estratégicos.

La ATM reafirma y defiende la constitucionalidad y legalidad del concurso público llevado a cabo. Esta postura será defendida ante la instancia judicial correspondiente.

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