{"id":5510,"date":"2023-10-06T17:08:49","date_gmt":"2023-10-06T17:08:49","guid":{"rendered":"https:\/\/radiocresatelital.com\/?p=5510"},"modified":"2023-10-06T17:08:49","modified_gmt":"2023-10-06T17:08:49","slug":"contraloria-determino-las-falencias-recurrentes-en-la-prestacion-del-servicio-de-fotomultas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/radiocresatelital.com\/?p=5510","title":{"rendered":"Contralor\u00eda determin\u00f3 las falencias recurrentes en la prestaci\u00f3n del servicio de fotomultas"},"content":{"rendered":"<p>Quito.- La Contralor\u00eda General del Estado (CGE) analiz\u00f3 los resultados de las auditor\u00edas gubernamentales, aprobadas entre 2016 y 2023, para establecer las irregularidades recurrentes en los contratos para la detecci\u00f3n, registro, notificaci\u00f3n y sanci\u00f3n de infracciones de tr\u00e1nsito a trav\u00e9s de la implementaci\u00f3n de dispositivos tecnol\u00f3gicos.<\/p>\n<p>En los informes que se tomaron como muestra para la elaboraci\u00f3n del reporte de control p\u00fablico constan las conclusiones de los ex\u00e1menes a los procesos llevados a cabo, desde 2013 hasta 2022, por los municipios de Cuenca, Esmeraldas, Loja, Santa Elena y Ambato.<\/p>\n<p>El estudio arroj\u00f3 como resultado que la inobservancia de los t\u00e9rminos contractuales, las falencias en la gesti\u00f3n de cobro de multas y la ausencia de estudios t\u00e9cnicos, econ\u00f3micos y legales fueron los problemas frecuentes en la delegaci\u00f3n del servicio p\u00fablico a consorcios privados.<\/p>\n<p>En ocho informes de auditor\u00eda, el 42 % de los hallazgos se refieren a incumplimientos de los compromisos contractuales por parte de las empresas concesionarias. Entre otros aspectos, durante las acciones de control se advirti\u00f3 la inobservancia de las especificaciones que garantizaban el buen funcionamiento de los sistemas y equipos para la detecci\u00f3n de infracciones.<\/p>\n<p>Por ejemplo, en Ambato se identificaron 389 infracciones por exceso de velocidad que fueron rechazadas debido a errores de digitaci\u00f3n, boletas sin coordenadas, imprecisiones en la digitaci\u00f3n de n\u00fameros de placa. Adem\u00e1s, no se notificaron las infracciones a los nuevos propietarios de veh\u00edculos que fueron vendidos, como dispone el Manual de Requisitos para la Emisi\u00f3n de T\u00edtulos Habilitantes de Tr\u00e1nsito.<\/p>\n<p>En ese cant\u00f3n, el consorcio inici\u00f3 la operaci\u00f3n de un fotosensor sin contar con autorizaci\u00f3n ni derecho de uso de v\u00eda. Sin embargo, el dispositivo capt\u00f3, confirm\u00f3 y registr\u00f3 excesos de velocidad en el sistema de la Agencia Nacional de Tr\u00e1nsito que posteriormente fueron notificados a los infractores. Por esta anomal\u00eda no se sancion\u00f3 al concesionario con la multa de USD 100 mil establecida en el contrato.<\/p>\n<p>En el caso de la Empresa P\u00fablica Municipal de Movilidad, Tr\u00e1nsito y Transporte de Cuenca (EMOV EP), en los expedientes no const\u00f3 documentaci\u00f3n que evidencie que el contratista realiz\u00f3 la inversi\u00f3n inicial ofertada, por USD 2.6 millones. Tampoco invirti\u00f3 el 5.1 % de los ingresos percibidos en 2019, en campa\u00f1as de educaci\u00f3n vial.<\/p>\n<p>El concesionario tampoco demostr\u00f3 las inversiones en dispositivos de detecci\u00f3n, paneles de aviso, instalaci\u00f3n de oficinas, computadoras, c\u00e1maras de seguridad, software de control y auto cobro, obras civiles, entre otros rubros requeridos para la prestaci\u00f3n del servicio.<\/p>\n<p>El aliado estrat\u00e9gico no implement\u00f3 el m\u00ednimo de diez dispositivos tecnol\u00f3gicos para el control de tr\u00e1nsito, en el plazo de 360 d\u00edas se\u00f1alado en el contrato; no sustent\u00f3 t\u00e9cnicamente las razones por las que no instal\u00f3 todos los fotorradares y no justific\u00f3 el cambio de ubicaci\u00f3n de algunos equipos, lo que produjo que no se controle el tr\u00e1nsito en los puntos que carecieron de los dispositivos.<\/p>\n<p>www.contraloria.gob.ec @ContraloriaECU Contraloria General del Estado Ecuador Entre 2019 y 2020, el consorcio contratado por la EMOV no recuper\u00f3 cartera vencida por USD 5.1 millones. De acuerdo a la oferta presentada, el consorcio se comprometi\u00f3 a empezar la gesti\u00f3n a los<br \/>\n61 d\u00edas de vencimiento del plazo para el pago de la multa. No obstante, transcurrieron hasta 366 d\u00edas sin que cumpla esta obligaci\u00f3n.<\/p>\n<p>En el Municipio de Loja, el concesionario contratado en 2015 demor\u00f3 entre nueve y 637 d\u00edas para registrar 3.505 infracciones, aunque el contrato estableci\u00f3 un plazo de 5 d\u00edas para realizar el procedimiento, ocasionando que no se cobren multas por USD 162.500. Aunque las multas excedieron el 20 % de los ingresos brutos anuales, no se declar\u00f3 la caducidad del contrato.<\/p>\n<p>El 18 % de los hallazgos de auditor\u00eda que constan en la muestra de informes analizados dan cuenta de falencias en la gesti\u00f3n de cobranza de las multas, lo que origin\u00f3 que los gobiernos aut\u00f3nomos no cuenten recursos suficientes para programas de educaci\u00f3n sobre seguridad vial y otras actividades que favorezcan a la comunidad.<\/p>\n<p>Sobre esta irregularidad, en Loja no se adjuntaron a las citaciones las fotograf\u00edas del momento de la infracci\u00f3n, por lo que los conductores no conocieron la velocidad a la que circulaban. Adem\u00e1s, se multaron excesos de velocidad fuera de la red vial de competencia del cabildo.<\/p>\n<p>Ante las violaciones de la normativa y el debido proceso, los jueces competentes emitieron sentencias absolutorias que dieron de baja t\u00edtulos de cr\u00e9dito y dispusieron al gobierno aut\u00f3nomo descentralizado la devoluci\u00f3n de USD 1.6 millones que se cobraron por multas.<\/p>\n<p>Dentro de esta falencia recurrente se observ\u00f3 que en Cuenca se emitieron 14.782 citaciones, que se fundamentaron en un numeral del C\u00f3digo Org\u00e1nico Integral Penal (COIP) que no ten\u00eda relaci\u00f3n con la infracci\u00f3n que se cometi\u00f3, lo que invalid\u00f3 las multas En cambio, entre 2020 y 2021, los funcionarios del municipio de Esmeraldas no elaboraron, registraron e ingresaron al sistema informes diarios de sanciones que sumaron USD 174.000, imposibilitando el cobro de las penalidades a los infractores.<\/p>\n<p>El an\u00e1lisis de los informes de auditor\u00eda tambi\u00e9n arroj\u00f3 que no se elaboraron estudios legales, t\u00e9cnicos, operativos y econ\u00f3micos que sustenten la decisi\u00f3n de concesionar la detecci\u00f3n, registro, notificaci\u00f3n y sanci\u00f3n de infracciones de tr\u00e1nsito. Tampoco se justificaron los montos de inversi\u00f3n, plazos y los porcentajes de participaci\u00f3n de las alianzas estrat\u00e9gicas.<\/p>\n<p>La Contralor\u00eda determin\u00f3 que los concejos municipales de Ambato y Loja no conocieron los estudios de prefactibilidad y factibilidad que demuestren la conveniencia de concesionar el servicio, ni los informes sobre la falta de capacidad t\u00e9cnica y econ\u00f3mica de los cabildos para gestionar directamente el servicio de control de tr\u00e1nsito.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, durante los ex\u00e1menes realizados a la Empresa de Movilidad de Cuenca se estableci\u00f3 que los horarios para el funcionamiento de los fotosensores no se fijaron a partir de criterios t\u00e9cnicos y estad\u00edsticos, no se consideraron \u2018horas pico\u2019, siniestralidad y riesgos.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Quito.- La Contralor\u00eda General del Estado (CGE) analiz\u00f3 los resultados de las auditor\u00edas gubernamentales, aprobadas entre 2016 y 2023, para establecer las irregularidades recurrentes en los contratos para la detecci\u00f3n, registro, notificaci\u00f3n y sanci\u00f3n de infracciones de tr\u00e1nsito a trav\u00e9s de la implementaci\u00f3n de dispositivos tecnol\u00f3gicos. 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