{"id":3197,"date":"2023-08-25T20:18:02","date_gmt":"2023-08-25T20:18:02","guid":{"rendered":"https:\/\/radiocresatelital.com\/?p=3197"},"modified":"2023-08-25T20:18:02","modified_gmt":"2023-08-25T20:18:02","slug":"reglamento-a-la-ley-de-comunicacion-viabiliza-el-funcionamiento-del-mecanismo-de-proteccion-a-los-periodistas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/radiocresatelital.com\/?p=3197","title":{"rendered":"Reglamento a la Ley de Comunicaci\u00f3n viabiliza el funcionamiento del Mecanismo de Protecci\u00f3n a los Periodistas"},"content":{"rendered":"<p>Quito.- El Presidente de la Rep\u00fablica, Guillermo Lasso Mendoza, en apego a las atribuciones que le confiere la Constituci\u00f3n, suscribi\u00f3 este 23 de agosto el Reglamento General a la Ley Org\u00e1nica de Comunicaci\u00f3n (LOC). Este instrumento legal, viabilizar\u00e1 la puesta en marcha de la nueva normativa. \u201cHoy, el Ecuador da un paso importante en su necesidad de blindar la democracia para garantizar la protecci\u00f3n de los derechos de los ciudadanos\u201d, dijo el Mandatario.<\/p>\n<p>Desde el primer d\u00eda de gesti\u00f3n, el Ejecutivo ha emprendido una ardua lucha por garantizar el respeto y promoci\u00f3n de libertad de expresi\u00f3n. Luego de que, en mayo de 2021, el Presidente enviara una propuesta de ley reformatoria que respete estos principios, la hoy extinta Asamblea Nacional volvi\u00f3 a incluir en esta propuesta elementos persecutorios y sancionatorios contra medios de comunicaci\u00f3n y periodistas.<\/p>\n<p>En respuesta, y como una hist\u00f3rica decisi\u00f3n por blindar definitivamente la libertad de prensa, el Ejecutivo vet\u00f3 parcialmente por objeciones de inconstitucionalidad y de inconveniencia, art\u00edculos de esta enga\u00f1osa propuesta. Con la respuesta favorable de la Corte Constitucional a la mayor\u00eda de estas objeciones, no volver\u00e1 una ley mordaza al Ecuador.<\/p>\n<p>La Secretaria General de Comunicaci\u00f3n, Wendy Reyes, reafirm\u00f3 que \u201cen el Gobierno Nacional creemos que no deben existir instancias sancionatorias ni podemos tolerar que se persiga a personas por sus opiniones\u201d.<\/p>\n<p>Precisamente, en el marco de este acto, el presidente Lasso reconoci\u00f3 el trabajo del periodista y luego candidato presidencial, Fernando Villavicencio, \u201ca quien asesinaron por ser frontal contra la corrupci\u00f3n, las mafias y el crimen organizado. Tenemos que proteger la voz de la prensa, porque hacerlo significa blindar nuestra democracia de poderes delictivos que pretenden el control silenciado voces libres y eruditas\u201d.<\/p>\n<p>La ley vigente consagra \u201clos m\u00e1s altos est\u00e1ndares internacionales en la materia y se salvaguarda la libertad de expresi\u00f3n, especialmente, de quienes piensan distinto del poder de turno\u201d. La Secretaria Reyes asegur\u00f3 que el deber del Gobierno es proteger el libre ejercicio de la libertad de expresi\u00f3n y precisamente este reglamento est\u00e1 orientado a ese objetivo.<\/p>\n<p>Mecanismo de Prevenci\u00f3n y Protecci\u00f3n del Trabajo Period\u00edstico:<br \/>\n\u2022 El reglamento plantea una instancia t\u00e9cnica estatal, que tiene como objeto adoptar medidas de prevenci\u00f3n y protecci\u00f3n que garanticen el trabajo period\u00edstico. Esto se ejecutar\u00e1 mediante pol\u00edticas de seguridad implementadas a partir de una evaluaci\u00f3n t\u00e9cnica sobre la situaci\u00f3n de riesgo de los trabajadores de la comunicaci\u00f3n, la que ser\u00e1 ejecutada por las entidades se\u00f1aladas en la Ley y con la participaci\u00f3n y colaboraci\u00f3n de las entidades que se consideren necesario.<\/p>\n<p>\u2022 El planteamiento de este mecanismo es una respuesta al clamor de trabajadores de la comunicaci\u00f3n, medios y organizaciones como Fundamedios, tras escuchar y atender sus principales preocupaciones.<\/p>\n<p>\u2022 El Mecanismo establecer\u00e1 los lineamientos generales para la creaci\u00f3n de unidades de prevenci\u00f3n, protecci\u00f3n, monitoreo o evaluaci\u00f3n de agresiones contra periodistas en el \u00e1mbito nacional, y coordinar\u00e1 acciones en el \u00e1mbito internacional en caso de ser necesario.<\/p>\n<p>\u2022 Estar\u00e1 conformado por los Ministerios de Defensa, Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, Interior; las Secretar\u00edas de Gesti\u00f3n de Riesgos, Derechos Humanos; la Fiscal\u00eda General del Estado; un representante de los trabajadores de medios de comunicaci\u00f3n privados, p\u00fablicos y comunitarios; entre otros.<\/p>\n<p>El Estado y los medios de comunicaci\u00f3n son corresponsables de la protecci\u00f3n de la vida e integridad de los trabajadores de la comunicaci\u00f3n. En consonancia con lo expuesto en el Mecanismo de Prevenci\u00f3n y Protecci\u00f3n del Trabajo Period\u00edstico, el presente Reglamento contempla medidas de prevenci\u00f3n, de protecci\u00f3n, urgentes.<\/p>\n<p>\u2022 Las medidas de prevenci\u00f3n contemplan, al menos, mapeo de los tipos de riesgos; elaboraci\u00f3n de protocolos y manuales; promoci\u00f3n de la creaci\u00f3n de redes de apoyo y solidaridad entre periodistas; desarrollo de campa\u00f1as de sensibilizaci\u00f3n; reconocimiento claro, constante y expreso de la legitimidad y valor de la labor; instrucci\u00f3n a fuerzas de seguridad sobre el respeto al trabajo period\u00edstico y de comunicaci\u00f3n; entre otros.<\/p>\n<p>\u2022 Entre algunas de las medidas de protecci\u00f3n est\u00e1n: dar seguimiento a denuncias sobre amenazas y atentados; capacitaci\u00f3n en seguridad a periodistas y trabajadores de la comunicaci\u00f3n y la protecci\u00f3n digital de informaci\u00f3n y datos personales; denuncia de cualquier tipo de amenaza o agresi\u00f3n.<\/p>\n<p>\u2022 Medidas urgentes: Adem\u00e1s de las acciones de prevenci\u00f3n y protecci\u00f3n, el Consejo de Desarrollo y Promoci\u00f3n de la Informaci\u00f3n y Comunicaci\u00f3n articular\u00e1 con las instituciones competentes, protocolos, planes y proyectos para la aplicaci\u00f3n de medidas urgentes en caso de amenaza inminente y grave para la vida e integridad f\u00edsica del trabajador de la comunicaci\u00f3n. Estas acciones estar\u00e1n orientadas a reducir los factores de riesgo de agresiones contra periodistas y garantizar\u00e1n la no repetici\u00f3n.<\/p>\n<p>Perspectiva de g\u00e9nero<br \/>\n\u2022 El Reglamento incluye medidas especiales de protecci\u00f3n a mujeres trabajadoras de la comunicaci\u00f3n. Para lo cual, el Consejo de Desarrollo y Promoci\u00f3n de la Informaci\u00f3n y Comunicaci\u00f3n dise\u00f1ar\u00e1 pol\u00edticas, planes, programas y medidas especiales de seguridad que incluyan perspectiva de g\u00e9nero, recopilen informaci\u00f3n estad\u00edstica y que incorpore propuestas y recomendaciones de organizaciones de la sociedad civil especializadas en libertad de expresi\u00f3n, periodismo, monitoreo, violencia de g\u00e9nero y derechos de las mujeres.<\/p>\n<p>Papel del Consejo de Desarrollo y Promoci\u00f3n de la Informaci\u00f3n y Comunicaci\u00f3n A trav\u00e9s de este Reglamento, el Consejo de Desarrollo y Promoci\u00f3n de la Informaci\u00f3n y Comunicaci\u00f3n, como ente encargado del Sistema de Comunicaci\u00f3n Social, podr\u00e1:<\/p>\n<p>\u2022 Determinar los requisitos y prohibiciones de los postulantes a representantes de la Ciudadan\u00eda que tendr\u00e1 el consejo.<\/p>\n<p>\u2022 Contar\u00e1 con un Consejo Consultivo, que se encargar\u00e1 de la elaboraci\u00f3n de insumos, informes y proyectos de resoluci\u00f3n para su aprobaci\u00f3n en materia de libertad de expresi\u00f3n, libertad de pensamiento y opini\u00f3n, y derechos a la informaci\u00f3n y comunicaci\u00f3n, cuyas recomendaciones no tendr\u00e1n car\u00e1cter vinculan.<\/p>\n<p>\u2022 Para la conformaci\u00f3n del Consejo Consultivo, el Consejo de Desarrollo y Promoci\u00f3n de Informaci\u00f3n y Comunicaci\u00f3n convocar\u00e1 cada dos a\u00f1os a las organizaciones sociales de los pueblos y nacionalidades ind\u00edgenas, pueblos afroecuatorianos, pueblos montubios, registrados en el Sistema Unificado de Informaci\u00f3n de las Organizaciones Sociales del Ministerio de la Mujer y Derechos Humanos; gremios de trabajadores de la comunicaci\u00f3n, medios de comunicaci\u00f3n p\u00fablicos, privados y comunitarios, organizaciones ciudadanas relacionadas a la promoci\u00f3n de la cultura<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Quito.- El Presidente de la Rep\u00fablica, Guillermo Lasso Mendoza, en apego a las atribuciones que le confiere la Constituci\u00f3n, suscribi\u00f3 este 23 de agosto el Reglamento General a la Ley Org\u00e1nica de Comunicaci\u00f3n (LOC). 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